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Calculadora de indemnización por despido

Indemnización por despido objetivo en Murcia: 13 años y 40.000 €

Un despido objetivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción tras 13 años de servicio (del 16 de octubre de 2013 al 15 de octubre de 2026) y con 40.000 € brutos al año se indemniza con 28.493,15 €: 260 días de salario a razón de 109,59 € diarios.

La regla es de 20 días por año de servicio, con prorrateo por meses y un máximo de 12 mensualidades (360 días), según el artículo 53.1.b del Estatuto. Con 156 meses computables, sumas 260 días, a 100 días del tope de 360, que no te afecta. Si el despido se declarase improcedente, la indemnización subiría a 47.013,70 €.

Cálculo actualizado el 15 de octubre de 2026. La calculadora de abajo ya está rellena con estos datos: cámbialos para tu caso.

Calculadora de indemnización por despido

  1. Tus datos
  2. Tramos y topes
  3. Informe

Paso 1 de 3 · Tus datos laborales

¿Cómo ha terminado tu contrato?
Más causas de extinción

Si el despido fue disciplinario o la empresa reconoce la improcedencia, elige «Despido improcedente» para ver lo que corresponde.

Fecha de alta. Si encadenaste contratos temporales, la antigüedad puede sumarse.

Fecha de efectos del despido o del fin del contrato. Por defecto, hoy.

Salario bruto

Incluye pagas extra y complementos salariales. Con reducción de jornada por cuidado de familiares, usa el salario de jornada completa.

Los datos que introduces se calculan en tu navegador y no se envían a ningún servidor.

Fuera de alcance de esta versión: relaciones laborales especiales, fijos discontinuos, indefinidos no fijos, contratos de fomento de la contratación indefinida anteriores a 2012 y despido nulo (readmisión y salarios de tramitación).

Tu indemnización y casos cercanos

Despido objetivo con 13 años y 40.000 €: indemnización y casos cercanos
SupuestoSalario bruto anualDías de salarioIndemnización bruta
Tu caso: 13 años40.000 €26028.493,15 €
Salario −6.000 €34.000 €26024.219,18 €
Salario −3.000 €37.000 €26026.356,16 €
Salario +3.000 €43.000 €26030.630,14 €
Salario +6.000 €46.000 €26032.767,12 €
Antigüedad: 11 años40.000 €22024.109,59 €
Antigüedad: 12 años40.000 €24026.301,37 €
Antigüedad: 14 años40.000 €28030.684,93 €
Antigüedad: 15 años40.000 €30032.876,71 €
Mismos datos si se declara improcedente40.000 €42947.013,70 €

Fuente: Cálculo propio con el Estatuto de los Trabajadores (BOE), a 15 de octubre de 2026. Importes brutos; el salario diario se usa sin redondear, por lo que pueden diferir unos céntimos de multiplicar los días por el salario diario mostrado.

Cálculo paso a paso

Paso 1 · Salario diario. 40.000,00 € ÷ 365 días = 109,59 € al día (el cálculo real usa todos los decimales).

Paso 2 · Antigüedad computable. Del 16 de octubre de 2013 al 15 de octubre de 2026: 156 meses, con la fracción de mes contada como mes completo.

Paso 3 · Días de indemnización. 156 meses × 20 ÷ 12 = 260 días, por debajo del tope de 360.

Paso 4 · Importe. 260 días × 109,59 € = 28.493,15 € brutos. Es la cantidad que la empresa debe poner a tu disposición al entregarte la carta de despido.

Qué debes tener en cuenta en tu caso

Conciliación laboral en Murcia. Para impugnar este despido o reclamar la indemnización de 28.493,15 € (260 días de salario) debes presentar la papeleta de conciliación ante el SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación) de la Región de Murcia. El plazo es de 20 días hábiles desde el día siguiente al despido —sin contar sábados, domingos ni festivos— y es de caducidad: si vence, pierdes la acción. Presentar la papeleta suspende ese cómputo. Con un salario diario de 109,59 €, la conciliación previa no tiene coste y es el paso obligatorio antes de demandar ante el Juzgado de lo Social de Murcia.

El tope todavía no te afecta. Con 13 años sumas 260 días y el máximo legal es de 360 (12 mensualidades). Te faltan 100 días. Con tu fecha de inicio (16-10-2013) llegarías al máximo el 15 de octubre de 2031, tras 18 años de antigüedad.

Si se declarase improcedente. Con los mismos datos, la indemnización pasaría de 28.493,15 € a 47.013,70 €: 18.520,55 € más (429 días a 33 por año frente a 260 a 20). Si la causa económica, técnica, organizativa o de producción no se acredita, o falla la forma, el despido puede declararse improcedente.

Preaviso de 15 días. Además de los 28.493,15 €, la empresa debe darte 15 días de preaviso. Si no lo hace, debe compensarlo con el salario de esos días: 15 × 109,59 € = 1.643,84 €. Durante el preaviso tienes derecho a una licencia de seis horas semanales, sin pérdida de retribución, para buscar empleo (artículo 53.2 del Estatuto).

Si la empresa dice no tener liquidez. Con 13 años de servicio, la indemnización es alta (28.493,15 €). Cuando la causa es económica y la empresa no puede ponerla a tu disposición, puede no hacerlo si lo deja constar en la carta, pero sigues teniendo derecho a cobrarla cuando el despido sea efectivo (artículo 53.1.b). Esa situación no te quita los 20 días hábiles para impugnar.

Cuánto pesa el salario. Cada 1.000 € más de salario bruto anual suman 712,33 € a esta indemnización. Tus 40.000 € equivalen a 2.857,14 € al mes en 14 pagas o 3.333,33 € en 12 pagas, y el salario diario regulador es de 109,59 €. Con un salario de este nivel, lo máximo que esta vía podría llegar a pagarte por el tope es 360 días × 109,59 € = 39.452,05 €; tu cifra equivale al 72,22 % de ese máximo.

IRPF. En el despido por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, la indemnización está exenta hasta el importe que correspondería al improcedente (47.013,70 €) con un máximo de 180.000 €. Tus 28.493,15 € quedan por debajo de ambos límites.

Plazo para reclamar. Dispones de 20 días hábiles desde el día siguiente al despido para presentar la papeleta de conciliación (sábados, domingos y festivos no cuentan). Es un plazo de caducidad: si vence, ya no podrás impugnar el despido. Eso incluye pedir que se declare improcedente y cobrar 47.013,70 € en lugar de 28.493,15 €.

Marco normativo: Indemnización por despido en España

Ámbito: España (relación laboral común por cuenta ajena) · Normativa revisada el

Tablas de referencia oficial

Indemnización legal según la causa de extinción
Causa de extinciónDías de salario por añoTopeBase legal
Despido improcedente (contrato desde el 12-02-2012)3324 mensualidades (720 días)ET art. 56.1
Despido improcedente (contrato anterior al 12-02-2012)45 hasta el 11-02-2012 y 33 desde el 12-02-2012720 días, salvo que el tramo anterior ya los supere; máximo 42 mensualidades (1.260 días)ET disp. trans. 11.ª
Extinción por voluntad del trabajador por incumplimiento grave de la empresaIgual que el despido improcedenteIgual que el despido improcedenteET art. 50.2
Despido objetivo o despido colectivo2012 mensualidades (360 días)ET arts. 51.4 y 53.1.b
Extinción voluntaria por traslado con cambio de residencia2012 mensualidades (360 días)ET art. 40.1
Extinción voluntaria por modificación sustancial de condiciones209 mensualidades (270 días)ET art. 41.3
Fin de contrato temporal iniciado desde 201512, en proporción a los días trabajadosSin topeET art. 49.1.c
Fin de contrato formativo o de sustitución0—ET art. 49.1.c
Despido disciplinario declarado procedente0—ET art. 55.7
Fuente: Estatuto de los Trabajadores (texto consolidado, BOE)Los topes se convierten en días a razón de 30 días por mensualidad (STS de 18-2-2016, rec. 3257/2014). El convenio colectivo o el contrato pueden mejorar estas cantidades, nunca reducirlas.
Exención de la indemnización en el IRPF
SupuestoParte exentaCondición
Despido improcedenteHasta la indemnización legal (33 o 45 días por año) con un máximo de 180.000 €Improcedencia reconocida en el acto de conciliación o por sentencia
Despido objetivo o colectivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producciónLa parte que no supere la indemnización del despido improcedente, con un máximo de 180.000 €Que el despido se deba a esas causas
Importe pactado por encima del mínimo legalNo exento: tributa como rendimiento del trabajoPuede aplicar la reducción del 30 % del art. 18.2 de la Ley del IRPF si cumple sus requisitos
Fuente: Ley 35/2006 del IRPF, art. 7.e (BOE)
Plazos clave tras un despido
TrámitePlazoBase legal
Impugnar el despido (papeleta de conciliación y demanda)20 días hábiles desde el día siguiente al despido; no cuentan sábados, domingos ni festivosET art. 59.3; LRJS arts. 65.1 y 103.1
Solicitar la prestación contributiva por desempleo15 días siguientes a la situación legal de desempleo (el SEPE los computa como hábiles)LGSS art. 268
Reclamar cantidades adeudadas (finiquito, salarios)1 año desde que la acción pudo ejercitarseET art. 59.1 y 59.2
Fuente: Estatuto de los Trabajadores, art. 59 (BOE)Los plazos de la demanda y de la prestación están en la Ley 36/2011 (art. 103.1) y en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (RDLeg 8/2015, art. 268).
Casos resueltos que verifica esta calculadora
CasoDatosResultado
Doble cómputo en el corte de 2012Despido improcedente · del 11-02-2012 al 12-02-2012 · 36.500 € brutos al año (2012 es bisiesto: divisor 366)1 mes × 45/12 + 1 mes × 33/12 = 6,5 días × 99,73 €/día = 648,22 €
La fracción de mes cuenta como mes completoDespido improcedente · del 01-01-2016 al 01-04-2016 · 36.600 € brutos al año4 meses × 33/12 = 11 días × 100 €/día = 1.100,00 €
Fin de contrato temporal, cómputo por díasDel 01-01-2026 al 30-06-2026 · 20.000 € brutos al año181 días × 12/365 = 5,95 días × 54,79 €/día = 326,06 €
Fuente: Poder Judicial (CGPJ): herramienta de cálculo de indemnizaciones laborales y su guía legal y jurisprudencialEstos casos son pruebas automáticas de la calculadora. Los criterios que aplican (salario diario entre 365 o 366, fracción de mes como mes completo, doble cómputo y cómputo por días del art. 49.1.c) son los de la guía del CGPJ y la jurisprudencia citada.

Glosario normativo

Salario regulador
Salario bruto anual, incluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias y de los complementos salariales, dividido entre 365 días (366 en año bisiesto). Es la base de la indemnización y de los salarios de tramitación. Ver art. 56.1 · Estatuto de los Trabajadores
Antigüedad
Tiempo de prestación de servicios que se indemniza. Puede incluir contratos temporales anteriores encadenados cuando existe unidad esencial del vínculo, según la jurisprudencia del Tribunal Supremo.
Prorrateo por meses
Los periodos inferiores a un año se cuentan por meses y la fracción de mes se computa como mes completo (STS de 20-7-2009, rec. 2398/2008). Con contratos anteriores a 2012, cada tramo se cuenta por separado. Ver art. 56.1 · Estatuto de los Trabajadores
Mensualidad
A efectos de los topes, equivale a 30 días de salario: 9 mensualidades son 270 días; 12, 360 días; 24, 720 días; y 42, 1.260 días. Ver disposición transitoria undécima · Estatuto de los Trabajadores
Despido improcedente
Despido en el que la empresa no acredita la causa alegada o no cumple los requisitos de forma. La empresa elige entre readmitir al trabajador, con salarios de tramitación, o pagar la indemnización. Ver art. 56.1 · Estatuto de los Trabajadores
Despido objetivo
Extinción por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o por las demás causas del art. 52 del Estatuto. Exige comunicación escrita, preaviso de 15 días y poner a disposición 20 días de salario por año. Ver art. 53.1.b · Estatuto de los Trabajadores
Despido disciplinario
Despido basado en un incumplimiento grave y culpable del trabajador. Si se declara procedente no genera indemnización; si se declara improcedente, se paga la del despido improcedente.
Despido nulo
Despido que vulnera derechos fundamentales o afecta a situaciones protegidas, como el embarazo o los permisos por nacimiento. Obliga a readmitir y a abonar los salarios dejados de percibir, por lo que no se calcula como indemnización.
Conciliación previa
Intento de acuerdo ante el servicio administrativo de mediación, arbitraje y conciliación (SMAC u órgano autonómico equivalente), obligatorio antes de demandar. Presentar la papeleta suspende el plazo de caducidad. Ver arts. 63, 65.1 y 103.1 · Ley reguladora de la jurisdicción social
Salarios de tramitación
Salarios dejados de percibir desde el despido hasta la notificación de la sentencia. Se abonan si el despido es nulo o si, siendo improcedente, la empresa opta por la readmisión. Ver art. 56.1 · Estatuto de los Trabajadores
Finiquito
Liquidación de las cantidades pendientes al terminar la relación laboral: salario de los días trabajados del mes, vacaciones no disfrutadas y parte proporcional de pagas extraordinarias. Es independiente de la indemnización.
Caducidad
Plazo que, una vez vencido, extingue la acción sin posibilidad de interrupción. Para impugnar un despido es de 20 días hábiles. Ver art. 59.3 · Estatuto de los Trabajadores

Fuentes oficiales

Preguntas frecuentes sobre este caso

¿Cuánto cobro por despido objetivo con 13 años y 40.000 € brutos al año?

Cobrarías 28.493,15 € brutos: 260 días de salario × 109,59 € al día. Son 156 meses computables a 20 días por año (artículo 53.1.b del Estatuto de los Trabajadores).

¿Cuánto más cobraría si el despido objetivo se declara improcedente?

Si se declarase improcedente cobrarías 47.013,70 €: 18.520,55 € más que los 28.493,15 € del despido objetivo (429 días frente a 260).

¿Se aplica el tope de 360 días con 13 años?

No. Con 260 días estás 100 por debajo del máximo de 360 días (12 mensualidades), que alcanzarías con 18 años de antigüedad.

¿Qué preaviso tiene que darme la empresa y cuánto vale?

Quince días. Si no lo da, debe abonarte el salario de esos días: 15 × 109,59 € = 1.643,84 €, además de los 28.493,15 € de indemnización.

¿Tributa en el IRPF una indemnización de 28.493,15 €?

En el despido por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción está exenta hasta el importe del despido improcedente (47.013,70 €), con un máximo de 180.000 €. Tu importe queda dentro de ambos límites.

¿Dónde presento la papeleta de conciliación por este despido en Murcia?

En el SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación) de la Región de Murcia, el órgano de conciliación previa de Murcia. Dispones de 20 días hábiles desde el día siguiente al despido para presentarla; con tus datos reclamarías 28.493,15 € (260 días de salario). Confirma la oficina y el modelo vigentes en la sede electrónica de Murcia antes de presentar la papeleta.

Fuentes oficiales

Información orientativa; no sustituye el asesoramiento de un profesional. El convenio colectivo o el contrato pueden mejorar estas cantidades, nunca reducirlas.